En una decisión que puede establecer jurisprudencia a nivel nacional, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt estableció mediante resolución judicial que los Tribunales de Garantía (y por consecuencia el Ministerio Público), son el organismo competente para tramitar las denuncias que se interpongan por mordeduras de perros.
De acuerdo a Alejandra Miranda, Presidenta de la Fundación Albergando un Amigo, esta decisión logró destrabar la tramitación de al menos 30 causas que estaban detenidas porque tanto los jueces de Policía Local como los fiscales del Ministerio Público consideraban que era una materia que no les competía. "Incluso en el Seminario que organizó nuestra fundación el 2018 para revisar la ley 21.020 -señaló Miranda- magistrados y representantes de la Fiscalía discutieron el tema sin lograr llegar a acuerdo".
En su resolución los ministros de la Corte consideraron que la Ley de Tenencia Responsable regula diversas materias, pero que, al tratarse de mordeduras, se debe aplicar el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal, siendo el Juzgado de Garantía el competente para aplicar multas, si procede.
De acuerdo a Albergando un Amigo, si bien esta resolución afecta principalmente a los perros con dueño, su alcance podría llegar a los que viven en la calle y a los que la ley define como perros comunitarios. "Actualmente -señaló Miranda- las Municipalidades tienen la facultad, pero no la obligación, de retirar los perros, por lo que resoluciones judiciales pueden ir marcando precedentes sobre la responsabilidad de particulares y organismos públicos"
Albergando un Amigo es una organización de 35 años de historia que, entre otras actividades, cuenta con un área de asesoría legal, por lo que siguen de cerca este tipo de resoluciones ya que determinan responsabilidades de dueños de mascotas.
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