En un fallo inédito la Corte Suprema falló bajo la Ley Antidiscriminación, condenando al colegio Alemán de Puerto Varas a pagar una multa por haber discriminado arbitrariamente al niño por su condición de poseer síndrome de Down, al negarse a promover al niño de kinder a primero básico.
Para Susana Reidel, madre del menor, esta sentencia “ayuda a palear en alguna medida todo el daño que se nos ha causado como familia. Esperamos de corazón que ayude a que cada vez sean menos los que discriminan a niños y niñas con cualquier discapacidad”.
La demanda fue interpuesta por el abogado Jaime Madariaga, quien señaló que “es la Corte Suprema la que sienta una importante y clara jurisprudencia en contra de la discriminación, con la particular relevancia de que se refiere a una materia tan sensible como es la educación de los niños y niñas con necesidades educativas especiales”. Madariaga agregó que este fallo “se trata de algo tan simple, pero a veces tan difícil a la vez: que a las personas con discapacidad se les trate con la misma dignidad que a todos los seres humanos. Ni más ni menos”.
Para José Luis García-Huidrobro, padre del niño, este fallo viene a ponerle un punto final a este proceso de dos años, “asociado a costos personales, sociales y familiares”, pero que “ayuda a que nuestros hijos aprendan que hay que luchar por los atropellos a las personas, ayuda a entender que vivimos en una sociedad egoísta, centrada en unos 'valores' que no todos compartimos y que a través de algunos los colegios se intentan imponer segregando a las personas, especialmente en los colegios de ‘elite’ de este macabro país que estamos construyendo, pero que debemos cambiar”.
El fallo se basó además en diversos tratados internacionales de Derechos Humanos, en particular de la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
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