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El Senado despachará desde el Congreso al Ejecutivo para que promulgue como ley el proyecto que establece nuevas y rigurosas normas en el etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas.
Este proyecto, regula la publicidad que incentiva el consumo de alcohol; busca revertir el consumo de los menores de edad; incorpora en los envases y en la publicidad, leyendas que adviertan sobre los efectos del alcohol en la salud; y estimula el cumplimiento de las normas de la ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
La senadora Carolina Goic explicó los principales alcances de la iniciativa, entre las que destaca la que prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en eventos deportivos a nivel nacional, la que entrará plenamente en vigencia 36 meses después de que se haya dictado el reglamento respectivo.
En lo fundamental, el proyecto:
- Prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio o bombas bencineras.
- Aumenta, de 16 a 18 años, la edad para ingresar a discotecas, cuando en ellas se vendan bebidas alcohólicas y obliga a acreditar edad con documento oficial, para ingresar a cualquier establecimiento en que se expendan bebidas alcohólicas.
- Obliga etiquetar las bebidas alcohólicas y sus embalajes con una advertencia clara, precisa y visible sobre las consecuencias de su consumo nocivo. El tamaño del etiquetado sea del 15% del respectivo embalaje o envase
- Prohíbe toda acción gráfica de estimulación al consumo de alcohol en bienes de uso público.
- Fija horarios para la publicidad de bebidas alcohólica en TV (entre las 22:00 PM y las 06:00 AM); quedando prohibida cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcohólicas en radios, entre las 16:00 y las 18:00 horas; en actividades deportivas (con excepción de mega eventos deportivos realizados en Chile) y en cualquier producto, publicación o actividad destinada, exclusivamente, a menores de edad.
- Los artículos deportivos destinados a ser distribuidos masivamente, tales como camisetas y uniformes, y los objetos promocionales vinculados a toda clase de actividades deportivas, no podrán contener nombres, logotipos o imágenes de marcas de bebidas alcohólicas.
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