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La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, que condenó a Nicolás Humberto Monsalves Schulz a la pena de diez años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del condenado en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, el 7 de septiembre de este año.
De esta forma, la Corte valdiviana desestimó los cuestionamientos contenidos del citado recurso, en relación a la valoración de la prueba por parte del tribunal, respecto del delito cometido en la ciudad de Osorno.
Cabe recordar que el tribunal de primera instancia de Osorno había dado por acreditado, más allá de toda duda razonable, que cerca de las 4:30 horas de la madrugada del 1 de julio de 2017, cuando la víctima se encontraba en la calle Blanco Encalada, en el centro de la ciudad, llegó hasta el lugar el condenado junto a otros individuos, y lo atacó con un arma blanca.
El dictamen rechaza tanto la tesis de la legítima defensa como las atenuantes planteadas, agregando que no es posible concluir “que se cometan las incorrecciones a la lógica que se denuncian, desde que en el proceso de validación de la prueba, conforme a los razonamientos del tribunal, no aparece alguna contradicción, incoherencia o inconsistencia”, denunciados por la defensa.
En el texto del tribunal de alzada además se sostiene que “el fallo se encuentra debidamente justificado en la prueba aportada en la audiencia, tanto en los hechos que constituyen el delito como en la participación”.
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