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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro condenó a José Oyarzo Paredes a la pena de presidio perpetuo simple, en calidad de autor del delito consumado de femicidio de su ex conviviente, Daniela Vivar Nauto, perpetrado en diciembre de 2019 en la comuna de Quellón.
Este jueves 2 de junio, el tribunal dio lectura al fallo unánime en contra del condenado por el crimen, cuya sentencia implica que podrá postular a libertad condicional después de haber cumplido 20 años de reclusión.
La sentencia consigna que, más allá de toda duda razonable, el tribunal dio por acreditado que el 1 de diciembre de 2019 la víctima caminaba por calle Aníbal Pinto de Quellón, junto a una pareja de amigos, cuando alrededor de las 21:15 horas fue interceptada por José Oyarzo.
“Con el fin de dar muerte a su ex conviviente, Daniela Vivar Nauto, extrajo desde sus vestimentas un cuchillo con el que la agredió en la zona torácica, cabeza, cuello y brazos, causándole múltiples heridas punzocortantes, a raíz de las cuales falleció aproximadamente una hora más tarde en el hospital de Quellón”, indica el fallo.
En el dictamen además se señala que, por haber sido condenado a un delito que implica actos de violencia intrafamiliar, deberá asistir de manera obligatoria a programas terapéuticos y formativos relativos al control de impulsos y temas de violencia de género.
Asimismo, se aplicó a Oyarzo Paredes las medidas accesorias legales de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de vida del penado, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el término de cinco años.
El tribunal además dispuso que, una vez ejecutoriado el fallo, se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
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