Actualidad

Exalcalde de Puerto Varas es declarado culpable por fraude al fisco

Por María Isabel Triviño / 14 de enero de 2023 | 19:02
La lectura de sentencia será la próxima semana. Crédito: foto referencial Club de Emergencias Décima Región.
Álvaro Gonzalo Berger Schmidt fue encontrado culpable del ilícito ocurrido el 2015. Revisa antecedentes del caso en esta nota.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de un año

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt dictó esta jornada veredicto condenatorio en contra de Álvaro Gonzalo Berger Schmidt, ex alcalde de Puerto Varas, en calidad de autor del delito consumado de fraude al fisco, ilícito perpetrado en septiembre de 2015.

En resolución unánime, el tribunal dio por establecido tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de Berger Schmidt. Pero, por no haber sido acreditado, lo absolvió del otro delito que se le imputaba por obtención fraudulenta de prestaciones del Estado.

Lo anterior dice relación con un viaje de una delegación municipal a San Carlos de Bariloche para la firma de un convenio, grupo en el cual figuraba la entonces pareja del jefe comunal.

La audiencia de comunicación de la sentencia quedó agendada para el jueves 19 de enero a las 21:00.

Antecedentes

El dictamen consigna que, en sesión ordinaria del 15 de octubre de 2014, y a propuesta del entonces alcalde Berger, el Concejo Municipal de Puerto Varas acordó el viaje a San Carlos de Bariloche de una comitiva del municipio encabezada por el jefe comunal.

El viaje fue programado desde el 4 al 8 de septiembre de 2015 y tendría como propósito la firma de un convenio de promoción turística ente ese municipio y la ciudad argentina.

El dictamen añade que se dispuso una comisión de servicios al extranjero, para el viaje del alcalde junto a los concejales Freddy Arnoldo Opitz Vergara, Héctor Horacio Jacob Riquelme y Luis Ariel Guzmán Cabezas y, otros siete funcionarios municipales, seis de ellos con decretos de pago, comisión de servicios autorizadas mediante decretos firmados por Berger.

“Como invitada especial del edil, la comitiva estuvo integrada por Paola Andrea Levicán Rivera, quien mantenía en esa época una relación sentimental con Berger Schmidt”, detalla la resolución.

El texto agrega que, por concepto de anticipo de viáticos y fondos fijos a rendir, esta comisión de servicios pagó en total la suma de $5.338.080, desglosados en $424.350 que Berger Schmidt obtuvo de manera fraudulenta para sí mismo y $4.931.730, “los que permitió se cursaran a sabiendas para que se defraudara al municipio”. 

Se agrega que el citado viaje se efectuó 324 días después de su aprobación por el Concejo Municipal de Puerto Varas y, pese a la antelación con que se contó para su implementación, no se cumplió con el objetivo de la citada comisión.

Y precisa que ni Berger Schmidt ni ningún funcionario municipal de Puerto Varas por su encargo tomó contacto formal previo con algún representante de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

“Nunca existió la intención real de materializar el fin declarado, formalizado y encomendado para la mencionada comisión de servicios al extranjero, no existiendo la posibilidad real de firmar el convenio”, afirma el veredicto. 

La resolución del tribunal recalca que Álvaro Berger Schmid abusó de su cargo y de la apariencia de legalidad y legitimidad que sus actuaciones como alcalde generaban.

"Realizó maniobras tendientes para obtener pagos improcedentes, al permitir los pagos a su comitiva, sabiendo que el viaje carecía de un interés público, propiciando un viaje al extranjero que tenía la apariencia de una misión oficial del jefe comunal junto a una delegación”, se detalla.

El texto acota que el ex alcalde dispuso entregarse a él, a los concejales y a seis funcionarios municipales, vía anticipo de viático y fondos a rendir, dinero o bienes públicos destinados a satisfacer las necesidades del servicio del municipio, para utilizarlos en actividades y fines de interés personal, las cuales no se encontraban autorizadas ni comprendidas en la comisión de servicios. 

“Dicha comisión nunca se concretó, consumándose la defraudación que generó un perjuicio para las arcas municipales y el erario fiscal, por el monto de $5.338.080”, concluye el dictamen. 

 

 

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?