En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó el fallo que condenó a la empresa Inmobiliaria e Inversiones HyM SpA a reforestar con, a lo menos, 1.500 plantas nativas por hectárea talada, por el corte ilegal de 2,76 hectáreas de bosque nativo, en el sector de Chan Chan, comuna de Puerto Octay.
Además, se les multó con el pago de $67.718.160 a beneficio municipal, por el mismo caso.
La primera sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Samuel Muñoz Weisz, María Soledad Piñeiro Fuenzalida y el abogado (i) Eugenio Aravena Bustos– confirmó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Policía Local de Puerto Octay, que acogió la denuncia formulada por la Corporación Nacional Forestal (Conaf).
“Teniendo presente el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se confirma la sentencia apelada de siete de septiembre de dos mil veintidós”, consignó el fallo.
“Tomando conocimiento de hechos que configuran infracciones a la legislación urbanística y medio ambiental, ofíciese al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Superintendencia del Medio Ambiente”, añadió.
La sentencia de primer grado confirmada dispuso, además, que: “(…) si el sentenciado no cancelare la multa dentro del plazo legal, sufrirá su representante, por vía de apremio quince días de reclusión diurno, lo que deberá cumplir en la cárcel presidio que corresponda”.
Grupo DiarioSur, una plataforma de Global Channel SPA. Powered by Global Channel