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Por Roberto Cadagán , 13 de junio de 2023 | 17:00

Ministro procesa a cabo (R) de Carabineros como encubridor de homicidio calificado de agricultor

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La justicia reveló lo sucedido en la comuna de San Pablo en 1974. Crédito: imagen referencial.
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Caso se refiere a la muerte de Eduardo Sporman en la comuna de San Pablo. Más detalles en la nota.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos, Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso a Pablo Arnaldo Barría Leal, cabo primero (R) de Carabineros por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado del agricultor Eduardo Sporman Santibáñez (64).

Barría Leal era jefe del retén de Quilacahuín, comuna de San Pablo en agosto de 1974 cuando ocurrieron los hechos.

Eduardo Sporman murió debido a un traumatismo craneoencefálico y cervical que habría sufrido tras presentarse voluntariamente a una citación de Carabineros.

El cabo primero (R) Pablo Barría certificó el hecho como suicidio.

En la parte medular de la resolución (causa rol 12-2013), el ministro Mesa Latorre dejó sujeto a medida cautelar de arresto domiciliario total a Barría Leal, en consideración a la naturaleza del delito y la pena que arriesga como encubridor de un crimen de lesa humanidad.

El ministro Álvaro Mesa reunió antecedentes suficientes donde comprobó los hechos ocurridos en 1974.

Eduardo Sporman Santibáñez concurrió al retén de Quilacahuín a denunciar la pérdida de un novillo. Posteriormente y tras un control de identidad de la policía, quedó citado a concurrir al Fundo ‘Los Juncos’ de propiedad de Guillermo Walz Appel, donde Carabineros se hallaban constituidos.

Allí junto a otros detenidos, fue sometido a diversos apremios ilegítimos que incluyeron golpes de diversa índole.

En una de esas sesiones de golpes, Sporman falleció, situación que fue informada como suicidio, pero hubo testigos que declararon que el agricultor había sido golpeado en reiteradas oportunidades por los policías.

Como parte de las pericias de la investigación se realizó exhumación a los restos de Eduardo Sporman Santibáñez para esclarecer su causa de muerte. 

En los informes diligenciados por los profesionales de diversas aéreas del Servicio Médico Legal se estableció como posible causa de muerte un traumatismo craneoencefálico y cervical por una fractura en el cráneo causada por un trauma de alta energía además de una fractura en su mandíbula. 

Por tanto, se deduce que fue muerto por acción de terceros, cuando se encontraba detenido en el fundo “Los Juncos” y bajo la custodia de Carabineros de Chile.

El jefe del retén Quilacahuín, el cabo primero Pablo Arnaldo Barría Leal, respecto a los hechos acontecidos aparece firmando el parte que da cuenta de la muerte de Eduardo Sporman Santibáñez establecida como suicidio, esto sin haber constatado tales hechos y con el objeto final de encubrir como ocurrieron realmente los hechos.

 

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