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Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno ordena a municipio indemnizar a educadora

Por Rafael Valdebenito / 12 de noviembre de 2024 | 11:19
El municipio deberá cancelar en el plazo máximo de 90 días hábiles respecto de la sentencia. Imagen referencial.
La casa edilicia deberá también pagar prestaciones laborales adeudadas, incluyendo las cotizaciones.
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El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió la demanda de vulneración de derechos fundamentales y daño moral presentada por una educadora de párvulos de la Escuela Rural de Quilen, en contra de la Municipalidad de San Pablo y le ordenó pagar de forma oportuna las remuneraciones de la trabajadora. 

Esto incluye las cotizaciones previsionales, salud y montos descontados, pero no pagados a entidades financieras por concepto de créditos de consumo, que llevaron a la demandante a desarrollar una enfermedad profesional, ingresa al registro de Dicom y no recibir prestaciones médicas por el incumplimiento del pago de las prestaciones de salud.

En el fallo, la magistrada Mariángel Cabrera Rabié dio lugar a la acción judicial y ordenó al municipio pagar a la demandante la suma de 8 millones de pesos por concepto daño moral.

“Tomando en consideración toda la información recaudada en la evaluación de puesto de trabajo, es posible apreciar indicadores de riesgo que darían cuenta de la presencia de condiciones organizacionales hostilizantes que vendrían afectando a la trabajadora de manera directa desde hace más de un año”, detalla el fallo en favor de la demandante.

A su vez, el municipio deberá cancelar en el plazo máximo de 90 días hábiles de ejecutoriada la presente sentencia, las sumas descontadas y no pagadas durante la vigencia de la relación laboral ante las entidades respectivas, por concepto de cuotas del colegio de profesores, cotizaciones previsionales y de salud y créditos pagados por planilla que se encuentren morosas, con los reajustes e intereses que correspondan.

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