Dieciocho años de cárcel es la pena que la Fiscalía Local de Puerto Montt obtuvo para un sujeto que agredió sexualmente y en reiteradas ocasiones a sus dos hijas menores de 10 años al momento de los hechos. El hombre fue condenado como autor del delito consumado de violación impropia en carácter de reiterado. Caso fue llevado a juicio oral por la fiscal especializada en Delitos Sexuales, Ana María Agüero Velásquez, quien destacó que durante el desarrollo de esta investigación y posterior juicio oral se dio la adecuada protección a las víctimas.
“Hemos obtenido una condena de 18 años de cárcel de cumplimiento efectivo para el condenado, el padre que violó a sus dos hijas pequeñas de 10 años de edad. Como Fiscalía nos sentimos satisfechos porque hemos dado cumplimiento a uno de nuestros objetivos que es dar protección a los niños, niñas y adolescentes víctimas de este tipo de delitos que son tan deleznables y que afectan a un porcentaje de población vulnerable de nuestra sociedad como son nuestros niños”.
La alta pena que deberá cumplir el acusado fue dada a conocer este domingo 05 de enero en la audiencia de lectura de sentencia. ”Es una pena alta, efectivamente situaciones excepcionales como ésta es la que dan este tipo de condenas”, dijo la Fiscal Agüero refiriéndose a la situación de parentesco del acusado con las víctimas y a la reiteración de la conducta.
Los hechos relativos a esta causa ocurrieron entre agosto y septiembre de 2016 y fueron develados por las víctimas en 2017. Sobre el tiempo que medió entre la denuncia y que el caso terminara con una sentencia pronunciada en juicio oral, la Fiscal indicó que la investigación se extendió por las diligencias que fue solicitando la defensa. “Como Fiscalía nosotros logramos reunir toda la prueba en bastante breve tiempo, presentamos la formalización en breve tiempo y se dilató por diligencias de la defensa”.
De acuerdo a la sentencia, los hechos acreditados con la contundente prueba presentada por la Fiscalía Local de Puerto Montt y que incluyó el valiente relato de ambas afectadas por el delito, ocurrieron entre agosto y septiembre del 2016, cuando el acusado se encontraba al cuidado de sus hijas mientras la madre salía a trabajar. El hombre, en esa época se encontraba con beneficio carcelario a raíz de una pena por un delito de robo. En la sentencia, los jueces Francisco del Campo Toledo, Jaime Rojas Mundaca y Andrés Villagra Ramírez indican que tuvieron en consideración medios de prueba aportados por la Fiscalía y en especial las declaraciones concordantes y contestes de las víctimas, las que “impresionaron a los sentenciadores que suscriben como espontáneas y veraces, del momento en que las dos niñas afectadas proporcionaron un relato directo, consistente y detallado”.
Además de la pena principal de 18 años de cárcel efectiva, se condenó al sujeto a quedar privado de todos los derechos que como padre tiene respecto de la persona y bienes de las víctimas y a la sanción de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal y quedó con prohibición de acercarse a éstas. Finalmente, la sentencia determina que atendida la naturaleza del ilícito, esto es por delitos de carácter sexual, el sentenciado deberá ser incorporado en Registro de Condenados del Sistema Nacional de Registros de ADN.
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