Una pena de cumplimiento efectivo de quince años y un día presidio mayor en su grado máximo obtuvo la Fiscalía de Río Negro para un sujeto que asaltó a una mujer que esperaba locomoción colectiva en un paradero. Caso fue llevado a juicio oral por la Fiscal Leyla Chahín Valenzuela, quien sostuvo que este caso se trató de un robo con violencia calificado.
Tal como lo señaló la Fiscal Chahín durante el juicio oral, la Fiscalía estaba solicitando una pena de 20 años al Tribunal Oral en lo Penal de Osorno. “En definitiva lo condenaron a la pena de 15 años y un día como autor del delito de robo calificado con lesiones menos graves ocurridos estos hechos en la comuna de Puerto Octay”, informó la representante del Ministerio Público.
Los hechos por los que el Ministerio Público fundó su acusación ocurrieron el 22 de mayo de 2019, alrededor de las 20:45 horas aproximadamente, mientras la víctima se encontraba en la Ruta U 551, a la altura del kilómetro 4 de la comuna de Puerto Octay, donde se ubica un paradero de locomoción colectiva. Hasta ese lugar llegó el acusado Jonathan Esteban Maldonado Díaz, quien premunido de un cuchillo y con intención de arrebatarle el teléfono celular a la víctima, coloca esta arma en su cuello y pecho para amedrentarla. “Ella repelió en una primera instancia esta agresión para luego ser perseguida por el imputado, quien la golpea, la lanza al suelo y comienza a forcejear hasta que logra quitarle un llavero con llaves, que fueron recuperadas en poder del acusado por terceros que le prestaron ayuda a la víctima”, comentó la Fiscal Jefe de Río Negro. Según se expuso durante el juicio oral, la víctima resultó con luxación de hombro derecho y fractura de glenoides de carácter grave, de acuerdo al informe de lesiones del Servicio Médico Legal.
“Como consecuencia de esta agresión ella resultó con lesiones graves. El legislador impone una sanción mucho más gravosa que un robo con violencia o que un robo con intimidación sin este resultado calificado, así es que esta persona obviamente va a tener que cumplir todo este tiempo privado de libertad sin derecho a pena sustitutiva”.
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