La Comisión de Constitución comenzó el debate del proyecto de reforma constitucional, que establece la incompatibilidad entre los altos cargos públicos y la calidad de inversionistas en territorios que cuenten con un régimen fiscal preferencial (boletín 13722).
El documento ingresó a trámite en agosto de 2020. Es de autoría de los diputados Gabriel Ascencio (DC), Jorge Brito (RD), Manuel Monsalve (PS), René Saffirio (IND) y Leonardo Soto (PS).
La norma busca agregar un inciso final al artículo 8º de la Constitución Política, para establecer que no podrán ejercer cargos las personas que mantengan, a través de sí o de terceros relacionados, inversiones en países señalados por el Servicio de Impuestos Internos como un paraíso fiscal.
Esto apunta a los cargos de Presidente de la República, Ministro de Estado, Subsecretario, Gobernador Regional, Senador, Diputado, Director de Empresas Públicas, oficial de las FFAA y de Orden y Seguridad Pública, director o administrador de sociedades u organismos que administren fondos de pensiones o de instituciones de salud previsional y de administrador o sostenedor de entidades de educación que reciban subvención o financiamiento fiscal.
El diputado Leonardo Soto sostuvo que la iniciativa responde a una problemática actual. “Es del todo inmoral y antiético ejercer cargos públicos cuando se tienen inversiones en paraísos fiscales”, indicó.
El parlamentario reiteró que “nadie en este país que tenga facultades de administración pública puede tener patrimonio en paraísos fiscales”.
El diputado Luciano Cruz-Coke (EVOP) si bien dijo entender el cometido del proyecto, insistió en que se debe encontrar la manera de tramitarlo bien.
“Me gustaría saber cómo se lleva a la práctica; es bastante difícil de comprobar e impracticable, debido a que todo el mundo tiene filial en paraísos fiscales”, acotó.
El diputado Gabriel Ascencio invitó a la comisión a buscar la fórmula para impedir que las personas con inversiones en territorios fiscales ocupen cargos públicos.
La instancia acordó invitar a representantes del Servicio de Impuestos Internos. Esto, debido a que el organismo contaría con el listado de países y jurisdicciones que tienen un régimen fiscal preferencial.
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