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La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt acogió las solicitudes presentadas por 12 internos que cumplen condenas en los penales de Ancud (1), Castro (2) y Puerto Montt (9).
La sesión correspondiente al segundo semestre, se realizó este martes 13 de octubre y por segunda vez de manera remota, debido a la emergencia sanitaria decretada en el país. Estuvo encabezada por el ministro de la Corte de Apelaciones Jaime Meza y la integraron los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt Rosario Cárdenas y Andrés Villagra; y del Juzgado de Garantía de la comuna Lorena Fresard y Mónica Sierpe.
Además, participó como secretaria de la Comisión Carolina Mancilla y como relatora Alejandra Osman, ambas funcionarias de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
En la ocasión se revisaron caso a caso 160 solicitudes y sus respectivas carpetas e informes elaborados por Gendarmería, correspondientes a 135 internos del Complejo Penitenciario de Puerto Montt, 9 del Centro de Detención Preventiva de Ancud y 16 del CDP de Castro.
De esta manera, 12 internos completarán su pena en el medio libre, lo que equivale al 8% de los postulantes. A su vez, fueron rechazadas 148 solicitudes; es decir, el 92% del total presentado el segundo semestre a la comisión.
Las personas en libertad condicional quedarán sujetas a la supervisión de Gendarmería.
REQUISITOS
El Decreto Ley N° 321, modificado por la ley N° 21.124 -que entró en vigencia el 18 de enero de 2019-, establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.
Recientemente, el pasado 17 de septiembre, el Ejecutivo publicó además el decreto 338, reglamento que establece las normas relativas a la organización del sistema de libertad condicional, incluyendo los programas, las características y los aspectos particulares que éstos deberán tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos que deberán reunir los delegados de libertad condicional.
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