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La Comisión de Familia del Congreso comenzó a analizar del proyecto que legisla sobre el abandono de familia, el pago de pensiones alimenticias y la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
El proyecto de ley enviado por el Gobierno, tiene por objetivo promover el principio de corresponsabilidad y garantizar el interés superior de niños, niñas y adolescentes, ya que “estamos frente a una cultura del incumplimiento y que mayoritariamente afecta a miles de mujeres”, afirmó la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett.
Y los datos son claros; más de 60 mil madres han solicitado la retención de parte del retiro de fondos de pensiones por deudas de alimentos impagas, sumando cerca de 340 millones de dólares por este concepto.
En tanto el ministro de Justicia, Hernán Larraín, señaló que se pretende cambiar el camino de las sanciones a quienes deben pensiones de alimentos, y avanzar a normas centradas en el estímulo de su cumplimiento, “pues la judicialización de los casos no da resultados”, ya que eso agudiza el conflicto y suele generar una mayor resistencia al pago.
Sin embargo, los parlamentarios indicaron que ya existe un proyecto de ley en trámite en ese sentido, por lo que lamentaron que el Gobierno no se sumara a la iniciativa ya existente, por lo que intentarán incluir algunos contenidos en la actual propuesta.
REGISTRO NACIONAL DE DEUDORES DE ALIMENTOS
Uno de los contenidos más llamativos del proyecto presentado por el Gobierno es la creación del Registro Nacional de Deudores de Alimentos, el que tendrá un formato electrónico, será administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación y tendrá efectos en distintas áreas mientras se mantenga la deuda.
Según consigna el medio Diario Constitucional, el registro se construirá con las personas que, estando obligadas al pago de pensiones, adeuden al menos tres cuotas consecutivas o cinco discontinuas de alimentos provisorios o definitivos. Su inclusión será por oficio judicial o a petición de parte y se retirarán cuando se realice el pago íntegro de la deuda por el alimentante o si este ofrece a través del juez un pago serio y suficiente al alimentario.
Entre las consecuencias que tendrá estar dentro de este registro están por ejemplo, que existirá un sistema de retención de créditos del alimentante con un pago directo al alimentario en las operaciones de crédito de dinero, en los juicios de cobranza y en la devolución de impuestos a la renta.
También se contempla la inhabilidad del deudor para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado, y restricciones a la transferencia de bienes relevantes sujetos a inscripción registral, como inmuebles o vehículos.
El proyecto también establece restricciones de ingreso a las funciones públicas y a otros cargos relevantes a quienes sean registrados como deudores de pensión de alimentos y también para nombramientos y contrataciones en el sector público, y de directores y gerentes generales de sociedades anónimas abiertas.
La comisión de Familia acordó que el plazo para la presentación de indicaciones se extenderá hasta el miércoles 14 de abril, jornada en la que se pretende votar en general el proyecto.
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