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A la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización fue derivada la moción que establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República, para incorporar específicamente a los hijos de personas fallecidas por COVID 19.
El 21 de julio se se dio cuenta de la iniciativa en la Sala y se hizo ver la opinión de la secretaría sobre su inadmisibilidad por corresponder a una iniciativa exclusiva del Ejecutivo. A solicitud del senador Rabindranath Quinteros se sometió a votación la admisibilidad en tres ocasiones y, al registrarse empate en cada una de ellas, se debió postergar la cuarta votación para la siguiente sesión ordinaria, de este martes 27 de julio, donde se aprobó la admisibilidad de la moción por 18 votos contra 17.
El senador Quinteros argumentó que “esta propuesta apunta a proteger a los menores que han perdido sus padres por la pandemia. No se inmiscuye en la administración financiera del Estado, no hay nuevos gastos. El propósito es humanitario y la ayuda irá más allá de la previsión de las familias”.
200 MIL HUÉRFANOS
Los legisladores plantean que “sobre 200 hijos menores de edad han quedado huérfanos de padre o de madre hasta el momento, por la pandemia”, contexto en el que se cita el caso de tres hermanos de 6, 12 y 14 años, de la comuna de Quinchao de la provincia de Chiloé, que han perdido a su padre y a su madre, con dos meses de diferencia, afectados por COVID 19. En ese marco, los legisladores hacen ver la necesidad de entregar una pensión de gracia a estos y otros menores considerando la indefensión en que quedaron.
Al momento de las votaciones, el proyecto se aprobó por la unanimidad de 133 votos a favor. Luego, por la misma votación, se dio por aprobada una indicación que vino a precisar algunos alcances de la redacción previa.
El proyecto plantea lo siguiente:
“Artículo único: Modifícase la Ley que Establece Normas Generales sobre Otorgamiento de Pensiones de Gracia por el Presidente de la República, en los siguientes términos:
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