La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo y en la forma interpuestos en contra de la sentencia que condenó a dos oficiales de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de un exdiputado y un dirigente campesino en 1973.
Se trata de los homicidios de Luis Espinoza Villalobos y de Abraham Oliva Espinoza, ilícitos perpetrados el 2 de diciembre de 1973, en el sector norte de la comuna de Frutillar, Región de Los Lagos. Espinoza es el padre del actual senador Fidel Espinoza.
En fallo unánime (causa rol 33.421-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que condenó a René Isidro Villarroel Sobarzo y Carlos Segundo Tapia Galleguillos a las penas de 15 años y un día y 10 años y un día de presidio, respectivamente, en calidad de autores de los delitos.
En septiembre de 1973, el diputado socialista Luis Espinoza Villalobos se encontraba cumpliendo condena en recinto penal de Valdivia, desde donde fue sacado y trasladado a Puerto Montt, detenido ‘por orden del Jefe de Plaza’, e ingresado en la cárcel de Chin Chin, y mas tarde entregado a carabineros.
El 2 de diciembre es retirado desde el cuartel de la Policía de Investigaciones de Puerto Montt, por el capitán de bandada de la Fuerza Aérea, Jorge Andrés Pastor Enberg Castro y el teniente de Carabineros Carlos Tapia Galleguillos, subiéndolo a una camioneta hasta la Segunda Comisaría de Carabineros.
Posteriormente enfilan rumbo al norte por la Ruta 5, supuestamente para trasladar a Luis Espinoza a la cárcel de Valdivia.
En tanto Abraham Oliva Espinoza, presidente del Asentamiento Los Pabilos después del 11 de septiembre de 1973 huyó tras un ataque de efectivos militares desde helicópteros, luego detenido por orden del Servicio de Inteligencia Militar, e ingresado a la cárcel de Chin Chin el 17 de noviembre de 1973.
Oliva egresa del recinto carcelario el 21 del mismo mes, y es obligado por el teniente de carabineros René Villarroel, a permanecer en Fresia, donde debía estampar varias veces al día su firma en un libro en la guardia de la Tenencia.
El 1 de diciembre es retenido en la Tenencia, y en la madrugada del 2 de diciembre el teniente Villarroel, apodado ‘Juan Metralla’, porque le gustaba disparar para amedrentar a la población, junto a otro hombre lo embarcan en la parte posterior de una camioneta.
El martes 4 de diciembre de 1973, en el diario el Llanquihue, se publica la siguiente noticia “durante asalto a vehículo militar: informe oficial sobre la muerte de Luis Espinoza”.
“… alrededor de las 05:20 horas de la madrugada en la ruta 5, al norte de Frutillar fue atacado con armas de fuego un vehículo militar que cumplía la misión de trasladar a la cárcel de Valdivia al reo Luis Espinoza Villalobos que cumplía condena en ese establecimiento penal, por un grupo de aproximadamente 6 personas”, dice la publicación.
Se informaba que el ataque había sido perpetrado por un grupo de aproximadamente 6 personas, por lo que al repeler la acción Luis Espinoza habría tratado de fugarse.
“… la patrulla hizo uso de sus armas de reglamento, falleciendo instantáneamente el reo Espinoza y uno de los atacantes que identificado posteriormente resultó ser Abraham Oliva Espinoza”.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $565.000.000 a familiares de las víctimas.
El senador Fidel Espinoza destacó la sentencia a través de sus redes sociales.
“Quienes te quitaron la vida a mansalva, te acribillaron de 17 balazos, te torturaron hasta dejarte fracturado en múltiplos partes hoy, han sido condenados por la Corte Suprema a pagar en cárcel sus brutales crímenes”, expresó.
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